13-11-2025 | 12:36:47
| Córdoba
Fueron condenados por daño moral a las entidades por forzar a los damnificados a revivir el duelo. Los detalles.
Una situación que, según la propia nota, "superó a la ficción," llegó a los Tribunales Federales de Córdoba con un fallo que sienta precedente: el juez federal N° 1 del distrito Capital, subrogante Carlos Ochoa, condenó a la Universidad Nacional de Córdoba (UNC) a indemnizar a la familia de Feliciano Narciso Mercado con 10,3 millones de pesos por daño moral.
De este monto total, 3,5 millones de pesos deberán ser abonados de forma conjunta entre la UNC y la empresa de sepelios Juan Caruso. La casa de altos estudios deberá abonar los restantes 6,8 millones de pesos a otros familiares.
La angustiosa cadena de hechos comenzó tras el fallecimiento de Feliciano Mercado el 9 de mayo de 2023, debido a un shock cardiogénico irreversible en el Hospital Nacional de Clínicas, ubicado en barrio Alberdi. Su cadáver fue depositado en la morgue a la espera de ser retirado por Caruso para su posterior cremación.
Cuando la ambulancia contratada por Caruso (perteneciente a Barros SAS) llegó a la morgue, se produjo el error. Según el relato de la familia, el empleado del Clínicas, Javier Calvo, se retiró del recinto en una "clara negligencia" y permitió que el coche mortuorio ingresara y se llevara el cuerpo de otro difunto con el mismo apellido: Esteban Mercado.
La familia veló el ataúd cerrado y sellado, aceptando la explicación de la cochería de que la medida buscaba ser más expeditiva debido a la corta duración del velatorio. Posteriormente, los restos fueron cremados en un cementerio camino a Colonia Tirolesa.
Días después, el hijo de Feliciano y demandante en la causa, recibió un llamado del encargado de Caruso, Luis Gudiño, para una reunión en el Clínicas. En esa instancia, la familia fue notificada por el entonces director médico del hospital, Alberto José Pons, de que "habían cometido un error". El cuerpo que habían velado y cremado era el de Esteban Mercado (fallecido semanas antes, el 12 de abril de 2023). La familia tuvo que reconocer y retirar los restos de Feliciano (al que finalmente cremaron) y, a cambio, debieron entregar las cenizas del otro Mercado.
La familia, patrocinada por el abogado Jorge Ignacio Mosquera, demandó a la UNC (como responsable legal del hospital) y a Caruso por el daño moral ocasionado por el dolor de tener que pasar por un doble velatorio y cremación.
El juez Carlos Ochoa determinó que, a pesar de las discrepancias en las versiones, tanto Caruso como la UNC obraron con "una clara falta de diligencia".
El fallo concluyó que tanto la UNC como Caruso generaron un "perjuicio" al obligar a la familia a "vivir dos veces el proceso de velar y despedir a un ser querido, en un lapso de tiempo de más de 20 días," provocando un daño moral de gran entidad debido a la incertidumbre y la angustia a la que fueron sometidos.
*Con información de La Voz del Interior